“En cuanto la reelección presidencial indefinida como un derecho humano, ni en el ámbito del sistema interamericano ni en el derecho internacional se ha reconocido como tal un derecho autónomo a la reelección presidencial indefinida”, dijo el presidente de la CIDH, Joel Hernández, durante la audiencia de este lunes.
La afirmación de la CIDH se dio en el marco de las audiencias orales que convocó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), para tratar el tema de la reelección indefinida a petición de Colombia.
Asimismo, agregó que, si bien se reconoce el derecho a votar y ser elegido, éste no es absoluto, sino admite determinadas restricciones, entre ellas a la reelección indefinida.
La CIDH sostuvo, no sólo que el sistema interamericano no reconoce a la reelección indefinida como un derecho, sino también que permite -junto a la jurisprudencia de la Corte- establecer restricciones legítimas en cada país.
“La Comisión considera que la restricción a la reelección indefinida no solamente es convencionalmente justificada, atendiendo al principio de proporcionalidad, sino además existe una obligación estatal de limitarla para preservar el sistema democrático representativo y el ejercicio de otros derechos”, agregó Hernández.